Promocion Uno de Arriba - www.unodearriba.com.ar

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1. Participan en la acción promocional denominada 'Uno de Arriba” la 'Acción” organizada por Mondelez Argentina S.A. el 'Organizador” las bebidas en polvo de las marcas 'Tang” y 'Clight” 'Producto/s Participante/s” comercializadas todas sus presentaciones 'Sobre/s”.

2. La Acción tendrá vigencia en comercios de la República Argentina excepto aquellos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 'Territorio” que exhiban en su local el material de comunicación de la Acción el/los 'Comercio/s Adherido/s” entre el 15/04/14 al 31/07/14 o hasta agotar el stock de Regalos definidos más abajo en el punto 3. de entre ambos hechos el que ocurra primero el 'Plazo de Vigencia” y se regirá por estas bases y condiciones las 'Bases”.

3. Por cada compra de un 1 Sobre de la bebida en polvo marca 'Clight” y la entrega de cuatro 4 Sobres vacíos de cualquiera de los Productos Participantes los consumidores se llevarán de regalo un 1 Sobre de 'Tang” 'Regalo/s” de entre los disponibles en el Comercio Adherido en el que efectúen la compra del Producto Participante.

4. Mediante la Acción se pondrán en juego 2.000.000 Regalos.

5. Como condición para la asignación del Regalo sus potenciales beneficiarios deberán adquirir en alguno de los Comercios Adheridos un Sobre de la bebida en polvo marca 'Clight” dentro del Plazo de Vigencia presentar en el acto de la compra los Sobres que le otorguen derecho al Regalo y reclamar su entrega en ese mismo acto. A partir de las 00:00 horas del 01/08/14 los Sobres perderán todo valor y sus tenedores no tendrán derecho a que les sea asignado Regalo alguno.

6. Los Regalos se entregarán en los Comercios Adheridos en el acto en que sean reclamados contra entrega de cuatro 4 Sobres y la compra de un 1 Sobre de la bebida en polvo marca 'Clight”. La falta de reclamo de los Regalos en la forma y dentro del plazo establecido en estas Bases hará perder automáticamente a sus potenciales beneficiarios el derecho a su asignación. Los Regalos no asignados si los hubiere quedarán en propiedad del Organizador.

7. Los Regalos no incluyen ninguna otra prestación bien o servicio distinto de lo indicado en el punto 3. de estas Bases y no podrá exigirse su canje por dinero u otros bienes o servicios; caso contrario sus potenciales beneficiarios perderán automáticamente todo derecho a su asignación.

8. Todo impuesto tasa o contribución nacional provincial o municipal que deba tributarse toda suma de dinero que deba abonarse a autoridades nacionales sociedades del estado provincias municipalidades u otros entes gubernamentales con motivo de la organización de la Acción o del ofrecimiento o entrega de los Regalos y los gastos en que incurran los beneficiarios para reclamarlos o retirarlos estarán a su exclusivo cargo.

9. No otorgarán derecho a Regalos los Sobres que no tengan sus dos caras o a los que les falte el cincuenta por ciento 50% o más de su superficie o cuyas menciones estén borradas parcial o totalmente ilegibles o de cualquier modo alteradas o adulteradas o tengan signos de haber sido sometidos a la acción del calor o de elementos físicos o químicos o en los cuales no obre impreso el número de lote de producción y la fecha de vencimiento. Tampoco los Sobres duplicados o que presenten errores de impresión o de otro tipo. Los Sobres respecto de las cuales se alegue su pérdida hurto o robo o que hayan sido obtenidas ilegalmente serán nulos.

10. Los participantes autorizarán al Organizador como condición para la asignación de los Regalos a difundir sus nombres documentos domicilios voces e imágenes con fines comerciales en los medios y formas que el Organizador disponga sin derecho a compensación alguna durante el Plazo de Vigencia y hasta transcurrido un 1 año de su finalización.

11. No podrán participar en la Acción quienes residan fuera del Territorio empleados del Organizador de los fabricantes de Sobres ni sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.

12. El Organizador podrá modificar la fecha de finalización de la Acción y agregar otros productos que habiliten a participar en ella.

13. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Acción los participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

14. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen la Acción podrá ser suspendida cancelada o modificada.

15. La participación en la Acción implica la aceptación de estas Bases así como de las decisiones que conforme a derecho adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

16. Las presentes Bases y los Comercios Adheridos podrán ser consultados en www.unodearriba.com.ar

 

Expiration Date: July 31. 2014

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